ARTÍCULO

Prórroga de la reducción de las contribuciones patronales

13 de Febrero de 2013
Prórroga de la reducción de las contribuciones patronales

A través del Decreto N° 125/2013, publicado el 6 de febrero de 2013 en el Boletín Oficial, el Gobierno prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2013 la vigencia del beneficio del Régimen de Regularización Impositiva, Promoción y Protección del Empleo Registrado, establecido por el artículo 16 de la Ley N° 26.476.

El beneficio implica una reducción de las contribuciones a cargo del empleador con destino a la seguridad social (con excepción de las contribuciones destinadas a la Obra Social y a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo) de los nuevos dependientes que se contraten.

La reducción consiste en un descuento del 50% durante los primeros doce meses y un 25% durante los segundos doce.

Sin embargo, el empleador no puede hacer uso de este beneficio en los siguientes casos:

a) Trabajadores que ya hayan sido declarados en el régimen de la seguridad social y continúen trabajando.

b) Trabajadores que en virtud de una relación de trabajo anterior hayan sido declarados en el régimen de la seguridad social y, luego de producido el distracto laboral, sean reincorporados por el mismo empleador dentro de los doce meses.

c) Nuevo dependiente que se contrate dentro de los doce meses contados a partir de la extinción sin causa de la relación laboral de un trabajador comprendido en el régimen general de la Seguridad Social.

Los empleadores también quedan excluidos del beneficio si se constata personal no registrado y pueden mantenerlo siempre y cuando no reduzcan la plantilla total de trabajadores hasta dos años después de finalizado el régimen. No obstante ello y conforme la Resolución 3/2009 del Ministerio de Trabajo, podrán mantener el beneficio si dentro de los 90 días integran la plantilla con nuevas contrataciones.

Por otro lado, el artículo 23 de la citada ley prevé que el beneficio regirá por 12 meses contados a partir de la fecha en que las disposiciones de la ley mencionada tengan efecto, pudiendo ser prorrogado por el Poder Ejecutivo Nacional.

En función de esa facultad y por medio del Decreto 125/2013, el Poder Ejecutivo Nacional ha prorrogado el plazo vigente para este beneficio, desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013.