ARTÍCULO

Procesos Antidumping – Crucetas y tricetas de China

6 de Julio de 2020
Procesos Antidumping – Crucetas y tricetas de China

El Ministerio de Desarrollo Productivo, mediante la Resolución N° 335/2020, declaró procedente la apertura de examen por expiración de plazo de la medida impuesta mediante la Resolución N° 539 de fecha 6 de julio de 2015 del ex-Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para las operaciones de exportación hacia la Argentina de crucetas y tricetas, originarias de China, mercadería que clasifica en las posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8708.99.90., manteniendo vigente los derechos antidumping hasta la conclusión del procedimiento de revisión.

La firma ETMA ESTABLECIMIENTO TÉCNICO METALÚRGICO ARGENTINO S.A. solicitó el inicio de examen de la medida antidumping.

Las autoridades calcularon un presunto margen de dumping de 97,89% para las exportaciones de crucetas y de 29,19% para las exportaciones de tricetas, de China.