ARTÍCULO

Procesos Antidumping

1 de Junio de 2012
Procesos Antidumping

1) Tambores de Acero originarios de Chile

Mediante la Resolución 49/2012, la Secretaría de Comercio Exterior declaró procedente la apertura de una investigación relativa a la existencia de dumping en las exportaciones hacia la República Argentina de tambores de acero de 200 litros a 230 litros de capacidad, con tapa desmontable sujeta por un aro metálico (suncho) con cierre a palanca, originarias de la República de Chile, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) 7310.10.90.

2) Recipientes de Plástico originarios de Brasil

Mediante la Resolución 50/2012, la Secretaría de Comercio Exterior declaró procedente la apertura de una investigación relativa a la existencia de dumping en las exportaciones hacia la República Argentina de recipientes de plástico, de largo superior o igual a 190 mm pero inferior o igual a 520 mm, de ancho superior o igual a 120 mm pero inferior o igual a 290 mm y de alto superior o igual a 160 mm pero inferior o igual a 250 mm, con 3 o 6 compartimentos, incluso con sus tapas, tapones y cubretapones, originarias de la República Federativa del Brasil, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) 8507.90.20.

3) Correas de Caucho originarias de Brasil y de China

Mediante la Resolución 52/2012, la Secretaría de Comercio Exterior declaró procedente la apertura de una investigación relativa a la existencia de dumping en las exportaciones hacia la República Argentina de correas transportadoras de caucho vulcanizado, reforzadas solamente con material textil, de ancho superior o igual a 300 mm, originarias de la República Federativa del Brasil y de la República Popular China, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) 4010.12.00.