Procedimientos antidumping: procesadoras de Brasil y China
El Ministerio de Desarrollo Productivo, mediante la Resolución N.º 325/2021, determinó la apertura de la revisión de las medidas antidumping para las operaciones de exportación hacia la Argentina de “aparatos con funciones múltiples, provistos de accesorios intercambiables para procesar alimentos y líquidos, comúnmente denominados procesadoras o multiprocesadoras, excluidos de los de uso manual”, originarios de Brasil y de China. Estos productos clasifican en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del Mercosur (N. C. M.) 8509.40.50.
La revisión fue abierta por expiración del plazo de la medida impuesta mediante la Resolución N.º 314 de fecha 5 de julio de 2016 del ex-Ministerio de Producción. La Resolución mantiene vigentes los derechos antidumping hasta que concluya la revisión.
El inicio de la revisión de las medidas antidumping fue solicitado por las empresas LILIANA S.R.L. y NEWSAN S.A.
Al momento, las autoridades calcularon un presunto margen de dumping de 159,44 % para Brasil y de 643,77 % para China, considerando las exportaciones a Chile como tercer mercado.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.