Pro bono en tiempos de COVID-19
En el marco de la pandemia, Marval O'Farrell Mairal refuerza su compromiso con los sectores más vulnerables de nuestra sociedad.
El aislamiento social preventivo y obligatorio como principal medida para achatar la curva de contagio y evitar el colapso del sistema parece ser el camino sanitario acertado. En economías de países en vías de desarrollo, como Argentina y el resto de Latinoamérica, agrava las consecuencias de la pobreza.
Aliviar algunos de los efectos de la pobreza en los sectores más vulnerables de nuestra sociedad ha sido el principal foco de atención de algunas de las medidas adoptadas por el gobierno. Así, mediante el Decreto 310/2020, el Estado Nacional dispuso el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) destinado a grupos familiares sin ingresos.
Entre los requisitos que debía cumplir el beneficiario del IFE, encontramos los siguientes: (i) ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a 2 años; (ii) tener entre 18 y 65 años de edad, (iii) que el titular o su grupo familiar no tenga ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos, y planes sociales (a excepción de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y el programa Progresar); y (iv) ser monotributista categoría A o B, o del régimen de autónomos. Posteriormente, se habilitaron medios de pago del IFE alternativos para quienes no están bancarizados.
La solicitud del IFE se realizó ingresando el Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante en la página web de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) quien, luego de analizar las solicitudes con una base de datos no actualizada, autorizó o denegó el IFE a los solicitantes.
El gobierno estimaba unas 3,6 millones de solicitudes, pero finalmente fueron más de 11 millones. Se aprobaron más de 7 millones de solicitudes, aunque muchas otras fueron rechazadas. Algunas fueron rechazadas correctamente y otras fueron rechazadas por falta de actualización de datos en los registros.
En ese contexto, Marval O'Farrell Mairal, junto a otros abogados de la Red Federal Pro Bono, asesoró legalmente y acompañó a alrededor de 200 solicitantes del IFE. Se los asesoró sobre si el IFE había sido correctamente rechazado, si podían reclamar y cómo, si debían actualizar sus datos en la ANSeS y cómo hacerlo, entre otras cuestiones. Nuestro asesoramiento también incluyó información sobre fechas de cobro y cómo optar por medios alternativos de cobro para quienes no están bancarizados. No debemos olvidar que los sectores más vulnerables suelen tener dificultades tanto para gestionar a través de una página web como simplemente para acceder a internet.
Todo ello permitió detectar situaciones tales como divorcios sin inscripción ante los registros correspondientes o personas que no cuentan con su DNI, todas cuestiones que no pueden ser resueltas en el corto tiempo que demanda la necesidad de acceso al IFE. Ante ello se hizo un registro de tales casos para realizar las gestiones oportunas ante los tribunales y dependencias correspondientes para seguir acompañando con el ejercicio de nuestra profesión a este sector de la población una vez que cese el aislamiento social preventivo y obligatorio.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.