Operaciones de CCL habilitadas nuevamente para no residentes
Las operaciones de contado con liquidación fueron autorizadas nuevamente para no residentes.
Al mismo tiempo en que la Comisión Nacional de Valores (CNV) dictó la Resolución General N° 862 el 19 de octubre de 2020, que acortó y estandarizó el plazo mínimo de tenencia (o parking) aplicable a ciertas operaciones de contado con liquidación a tres días hábiles (ver Parking de 3 días para operaciones de CCL), el Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la Comunicación “A” 7142, dejó sin efecto lo previsto en el punto 5 de la Comunicación “A” 7106 (ver también https://www.marval.com/publicacion/nuevas-restricciones-a-las-operaciones-de-contado-con-liquidacion-13801&lang=es).
Este establecía que los no residentes no podrían concertar en el país ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera y había reemplazado el punto 6 de la mencionada Comunicación. De esa forma, restringía la liquidación en pesos en el país de las transacciones de títulos valores concertadas en el exterior y permitía, en cambio, que se liquidaran en pesos en el país solamente aquellas operaciones de títulos valores concertadas en el país.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.