ARTÍCULO

Nuevo reglamento de transporte de gas natural

La nueva resolución reemplaza el régimen vigente desde el año 2000 con un reglamento para asignar la capacidad de transporte firme de gas.

26 de Mayo de 2026
Nuevo reglamento de transporte de gas natural

La Resolución ENARGAS 471/2026, publicada en el Boletín Oficial el 5 de mayo de 2026, aprueba un nuevo reglamento y actualiza el régimen de transporte de gas natural. Esta actualización se inscribe en un proceso más amplio de revisión del marco regulatorio del transporte de gas natural y de adecuación a las condiciones actuales de demanda, inversión y organización del sistema. En este sentido, cabe recordar que mediante la Resolución de la Secretaría de Energía N° 66/2026 se dispuso, entre otras medidas, la reconfiguración del sistema de transporte de gas natural. Dicha resolución fue posteriormente implementada por el ENARGAS a través de la Resolución N° 409/2026 mediante la introducción de modificaciones regulatorias relevantes. Al respecto, ver nuestro artículo “Se reconfigura el sistema de transporte de gas natural”, del 28 de abril de 2026.

El ENARGAS dicta esta nueva resolución en un contexto caracterizado por la necesidad de expandir la capacidad de transporte; la existencia de restricciones en determinados tramos del sistema y la búsqueda de mayor transparencia y eficiencia en la asignación de capacidad.

En este marco, el ENARGAS llevó adelante un proceso de consulta pública previo, en el que participaron transportistas, distribuidoras, productores y otros actores relevantes del mercado. Las observaciones formuladas por dichos participantes, así como las respuestas del regulador, se encuentran reflejadas en los considerandos de la resolución.

Asimismo, la resolución se mantiene alineada con los principios estructurales de la Ley del Gas N° 24.076, en particular, acceso abierto y no discriminación, que continúan siendo el eje del régimen de transporte de gas natural en Argentina.


La resolución dispone:

  1. la aprobación del nuevo reglamento para la asignación de capacidades de transporte firme;
  2. la aprobación de un modelo de manifestación de interés;
  3. la aprobación de un modelo de oferta Irrevocable;
  4. la aprobación del procedimiento aplicable a los concursos abiertos; y
  5. la derogación de la Resolución ENARGAS N° 1483/2000, que preveía los lineamientos para la asignación de la capacidad de transporte firme, que son reemplazados por lo previsto en esta nueva resolución.


El reglamento establece un régimen integral para la asignación de capacidad firme a través de concursos abiertos, contemplando distintas modalidades según el origen de la capacidad (expansiones, capacidad remanente y cesiones). Asimismo, prevé etapas diferenciadas para los procesos de expansión —incluyendo una instancia previa sistematizada de manifestaciones de interés— y regula de manera más detallada el procedimiento de convocatoria, presentación de ofertas, evaluación y adjudicación.


Principales diferencias con el régimen anterior


A continuación, se destacan algunas de las principales diferencias entre el nuevo reglamento y el régimen anterior previsto en la Resolución ENARGAS N° 1483/2000:
 

  1. Incorporación de términos definidos y reorganización de la estructura: El nuevo reglamento introduce una estructura más completa y ordenada, incluyendo un capítulo inicial de definiciones que no existía en el régimen anterior. Asimismo, reorganiza las reglas aplicables en función de distintos tipos de concursos y etapas, aportando mayor detalle en cuanto al procedimiento.
  2. Procedimiento expreso para la etapa de “manifestaciones de interés”: El nuevo reglamento regula detalladamente una instancia previa aplicable a los concursos por expansión denominada “manifestaciones de interés”. En esta etapa, los potenciales interesados pueden expresar su interés en contratar capacidad futura sin asumir un compromiso vinculante. Esta información permite a la transportista dimensionar la demanda potencial y estructurar el proceso posterior de concurso abierto.
  3. Ampliación del alcance del reglamento: El nuevo reglamento prevé que, cuando corresponda, resultan alcanzadas las capacidades vinculadas a autorizaciones de transporte otorgadas en los términos del artículo 43 de la Ley N° 17.319, ya que este tipo de autorizaciones no existían cuando fue establecido el régimen anterior.
  4. Nuevas categorías de concursos abiertos: El reglamento mantiene los concursos por: (i) expansiones y (ii) capacidad remanente, pero incorpora una nueva categoría: “Concursos abiertos por cesiones de capacidad de transporte”, estableciendo que las cesiones deben canalizarse mediante mecanismos competitivos y abiertos. Asimismo, dentro de los concursos por expansión, se incorpora una nueva modalidad: “Expansiones por prepago”, junto a las ya existentes expansiones factibles con la tarifa vigente y no factibles con la tarifa vigente.
  5. Etapa previa en los concursos por expansión: El nuevo reglamento estructura los concursos por expansión en dos etapas: (i) una etapa de manifestaciones de interés; y (ii) una etapa de concurso abierto propiamente dicho.
  6. Introducción de límites a los plazos contractuales: A diferencia del régimen anterior, el nuevo reglamento establece límites temporales para los contratos de transporte asociados a expansiones: (i) plazo mínimo: 10 años; y (ii) plazo máximo: 35 años. En esta línea, se elimina la posibilidad de prórrogas contractuales sucesivas de un año para nuevos contratos. Además, se elimina la posibilidad de contemplar renovaciones automáticas para nuevos contratos, disponiendo que, al vencimiento de los contratos, la capacidad deberá ser nuevamente ofrecida mediante concursos abiertos.
  7. Regulación específica de ciertos supuestos: El nuevo reglamento incorpora nuevas previsiones específicas, entre ellas:
    1. criterios particulares para la valuación de ofertas en casos de transporte destinado a exportación;
    2. regulación más detallada de las condiciones de adjudicación según el tipo de concursos; y
    3. disposiciones específicas relativas a actividades vinculadas al almacenaje, procesamiento y separación de gas por parte de las transportistas.