Nuevo régimen de información de conceptos no remunerativos incluidos en la retribución de trabajadores en relación de dependencia
Mediante la Resolución General 3279 de la AFIP, publicada en Boletín Oficial el 1 de marzo de 2012, se creó un nuevo régimen de información que determina la obligación de los empleadores de informar a la AFIP las retribuciones "No Remunerativas" con anterioridad al momento de abonar los salarios.
En efecto, la Resolución General 3279 de la AFIP establece que los empleadores deberán informar (i) los conceptos “No Remunerativos”, (ii) la normativa legal o convencional en la que se avalan y (iii) el importe total liquidado correspondiente a los mismos.
El ingreso de la información deberá efectuarse a través del sitio web de la AFIP (www.afip.gob.ar), mediante la aplicación “Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos”.
La Resolución General 3279 entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2012 y será de aplicación respecto de las remuneraciones que se abonen a partir de dicha fecha.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.