Nuevas emisiones locales en moneda extranjera podrán acceder al mercado de cambios
El BCRA dictó la Comunicación “A” 6838, mediante la cual las nuevas emisiones de residentes de títulos de deuda en moneda extranjera con registro público en el país tendrán acceso al mercado de cambios.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA), mediante la Comunicación “A” 6838, estableció que las nuevas emisiones de títulos de deuda con registro público en el país por parte de residentes argentinos, denominadas en moneda extranjera y cuyos servicios de capital e intereses sean pagaderos en el país en dicha divisa, tendrán acceso al mercado de cambios a su vencimiento para el pago de servicios de capital e intereses, en la medida en que sean suscriptos en moneda extranjera y que la totalidad de los fondos obtenidos sea liquidada en el mercado de cambios.
Asimismo, la Comunicación dispuso que, siempre que se cumpla con las condiciones dispuestas en el punto 4 de la Comunicación “A” 6814, no resultará exigible como condición para el repago de las emisiones la liquidación en el mercado cambiario local de las divisas obtenidas por residentes argentinos.
La Comunicación replica sustancialmente las disposiciones contenidas en la Comunicación “A” 3820, existente bajo el régimen anterior.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.