Nuevas adecuaciones a la normativa cambiaria
El Banco Central de la República Argentina emitió las Comunicaciones “A” 6855 y 6856, a través de las cuales continúa adecuando el marco normativo vigente.
Por un lado, en línea con lo establecido por el Decreto N° 91/2019, prorrogó, a partir del 31 de diciembre de 2019 y sin haber fijado fecha de vencimiento, la vigencia de la normativa cambiaria correspondiente a la obligación de ingreso y/o negociación, en el mercado de cambios, del contravalor en divisas de exportaciones de bienes y servicios.
Por otra parte, limitó el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera de parte de no residentes, quienes deberán obtener la conformidad previa de dicho organismo, independientemente del monto involucrado en la operación. Hasta ahora, los no residentes en general podían adquirir moneda extranjera a través del mercado de cambios sin la conformidad previa de dicho organismo cuando el monto no superase el equivalente a USD 100 por mes calendario. Dicha limitación sigue sin alcanzar a los organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación, representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país por transferencias que efectúen en ejercicio de sus funciones, entre otros.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.