Nueva resolución sobre registro de bases de datos personales
La Agencia de Acceso a la Información Pública dictó una nueva resolución, que modifica el régimen de inscripción y renovación en el registro de bases de datos.
La Agencia de Acceso a la Información Pública, órgano de control de la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326 y a cargo del Registro Nacional de Bases de Datos, ha dictado la Resolución N° 132/2018, que establece un nuevo procedimiento para la inscripción de las bases de datos de carácter privado, público estatal y público no estatal.
La Resolución, que fue publicada el 22 de octubre de 2018 en el Boletín Oficial, tiene por objetivo agilizar y simplificar los trámites de inscripción, modificación y baja de las bases de datos personales.
La principal novedad es que estos trámites deberán realizarse en forma exclusiva a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) o el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE). A la plataforma TAD deberá accederse con clave fiscal de la AFIP nivel 2 o superior.
La inscripción ya no requerirá una renovación anual, y deberá modificarse cuando la base de datos sufra alteraciones o cambios a fin de mantener el registro actualizado. La inscripción tiene el carácter de declaración jurada.
A su vez, la Resolución establece que todos los responsables de bases de datos privadas ya inscriptos en el registro deben reempadronarse en el nuevo sistema hasta el 31 de octubre de 2019. En cambio, los responsables de bases de datos de carácter público estatal o no estatal deberán hacerlo antes del 28 de febrero de 2019.
Todos estos trámites serán gratuitos.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.