Nueva modificación en los Lineamientos de los Estándares Tecnológicos para la Administración Pública
La Oficina Nacional de Tecnologías de la Información dejó sin efecto el Lineamiento 10 de los Estándares Tecnológicos para la Administración Pública versión 24.0 y lo reemplazó por el “Lineamiento 10 - IaaS (Infrastructure as a Service) y PaaS (Platform as a Service)”.
El pasado 21 de septiembre, a través de la Disposición 1/2020, la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información (ONTI), dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, actualizó los Estándares Tecnológicos para la Administración Pública (ETAP) versión 24.0.
La ONTI tiene como objetivo principal la formulación de políticas para la transformación y modernización del Estado y, a través de los ETAP, se busca establecer un marco tendiente a promover la calidad y eficiencia en la provisión de servicios de tecnología de la información y la comunicación (TIC). Los ETAP sirven como guía para la más fácil elaboración de pliegos de contratación de productos y/o servicios tecnológicos por parte de la Administración.
La Disposición únicamente modificó el “Lineamiento 10 – Servicios IaaS & PaaS” cuyo objetivo es la contratación de servicios en la nube, es decir, el acceso a recursos informáticos remotos en una nube pública para las modalidades de Infraestructura como Servicio y Plataforma como Servicio. La actualización implicó un cambio sustancial con respecto al lineamiento anterior, aprobado por la Disposición 5/2019 de la ONTI. La versión anterior reflejaba las especificaciones técnicas y requerimientos para la contratación de servicios IaaS & PaaS con relativa precisión. Esta nueva versión indica consideraciones generales que los organismos estatales deberán tener en cuenta al momento de redactar sus propios pliegos de contratación de servicios en la nube.
Según los considerandos de la Disposición, el cambio obedece a la necesidad de ajustar los ETAP a los principios de promoción de la concurrencia de interesados y de la competencia entre oferentes, a fin de que los organismos contratantes tengan la posibilidad de considerar a una mayor cantidad de proveedores de servicios de nube en los procedimientos de contratación que convoquen. Más específicamente, la razón del cambio fue suministrar a los organismos estatales, los elementos suficientes para que puedan elaborar sus especificaciones técnicas y requerimientos, sin excluir a la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales (ARSAT S.A.) de la posibilidad de satisfacer las necesidades tecnológicas actuales, tal como sucedía con la versión anterior de los ETAP.
Con la modificación se pretende dar la posibilidad de propender hacia la soberanía tecnológica y facilitar una política tecnológica impulsada desde el Estado Nacional.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.