ARTÍCULO

Novedades sobre las propinas

El gobierno estableció la posibilidad de que los consumidores puedan entregar propinas a través de medios electrónicos y estas no serán consideradas como parte de la remuneración.

9 de Septiembre de 2024
Novedades sobre las propinas

El 13 de agosto de 2024 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 731/2024. Allí se estableció que las propinas −que están reguladas en la Ley de Contrato de Trabajo 20744− no serán consideradas como parte de la remuneración.

También, se establece que los comercios o establecimientos de los sectores en los que sea costumbre otorgar o recibir propinas deberán tener disponible la opción de que esta sea dada por medios electrónicos. Además, los importes de las propinas que reciba el trabajador no estarán sujetos a retenciones o percepciones por parte de los empleadores ni de los participantes del sistema de pagos.

Asimismo, los adquirentes o agregadores que ofrezcan sus servicios de cobro en estos comercios o establecimientos deberán facilitar a sus clientes la opción pago con propina, de manera tal que se permita a los consumidores añadir a la cuenta un monto o un porcentaje en carácter de propina −y se aclara que no se podrá cobrar un arancel adicional por proveer esta facilidad−. Estos importes deberán acreditarse en una cuenta asignada a tal efecto de manera inmediata o en el menor plazo posible, según establezca el Banco Central de la República Argentina. La acreditación podrá ser directa al trabajador que reciba la propina o a una cuenta recaudadora especial del establecimiento con este objeto exclusivo, pero debe ser puesta a disposición del trabajador dentro de las 24 horas siguientes a su acreditación.

Por último, las propinas no podrán utilizarse como base para ajustar o modificar el salario básico de los trabajadores, ni las condiciones laborales establecidas por el empleador.