Novedades respecto del comercio internacional en Argentina
Mediante la Resolución 136/2001, la Secretaría de Industria y Comercio dispuso el cierre de una investigación relativa a la existencia de dumping en las exportaciones hacia la República Argentina de dispositivos para encendido y/o regulación de voltaje, incluyendo: CDI/TCI a magneto (ignición por descarga capacitiva o inductiva) y reguladores de voltaje (o rectificadores): de entre 6V y 18V, y de entre 6A y 30A, y bobinas de ignición y alimentación, en todos los casos para motos, motocicletas, motociclos, scooters, ciclomotores y cuatriciclos de hasta 400 cm3, excepto las bobinas de alta tensión con sistema de ignición transistorizada sin núcleo, originarios de la República Popular de China, mercadería que clasifica en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) 8511.30.20, 8511.80.30, 8511.80.90, y 9032.89.11, sin la imposición de derechos antidumping.
A pesar de que las autoridades encontraron un margen de dumping de 2.411,99%, prueba del daño a la industria doméstica, y de la relación causal entre ambos, decidieron no imponer derechos antidumping en base a la política general de comercio exterior y al interés público.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.