Novedades en las comunicaciones y notificaciones aduaneras
Se habilitó la posibilidad de que la Aduana efectúe algunas notificaciones mediante Domicilio Fiscal Electrónico.
El 3 de diciembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5793/2025. Allí la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó la Resolución General (AFIP) 3474/2013 que implementó el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera (SICNEA).
Entre los principales cambios, se destaca que la primera notificación a los sujetos ya presentados ante el servicio aduanero y/o que hubieran intervenido o deban intervenir en algún procedimiento aduanero podrá efectuarse en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE). Esto será posible siempre que dichos sujetos no estén adheridos al SICNEA y posean Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
Si bien en la notificación se hará saber la obligación de constituir domicilio SICNEA dentro del plazo de 10 días, las siguientes notificaciones podrán seguir siendo al DFE.
Mediante la primera notificación se informará la obligación de constituir domicilio SICNEA dentro de un plazo de 10 días. Sin embargo, las notificaciones posteriores podrán seguir realizándose al DFE.
En el caso de que los sujetos no cuenten con CUIT, la notificación podrá seguir efectuándose por los medios tradicionales previstos en el artículo 1013 del Código Aduanero.
Finalmente, se destaca que se ampliaron los actos y providencias que podrán notificarse mediante SICNEA.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.