ARTÍCULO

Niñez y responsabilidad estatal

La Justicia fijó una audiencia de pedido de disculpas a dos hermanos por demoras en su proceso de adoptabilidad.

24 de Febrero de 2026
Niñez y responsabilidad estatal

La Cámara II de Apelación en lo Civil y Comercial de La Plata confirmó la declaración de adoptabilidad de dos hermanos que llevaban casi tres años institucionalizados, viviendo en un hogar convivencial. Como aspecto relevante, ordenó realizar una audiencia para ofrecerles una disculpa institucional por la demora del proceso.

La sentencia pone en el centro el interés superior del niño, principio rector consagrado en la Convención sobre los Derechos del Niño −con jerarquía constitucional en Argentina y en la normativa interna (Ley 26061)−. En ese marco, la Cámara recordó que la institucionalización debe ser excepcional y transitoria, y que el derecho a vivir en familia no puede quedar sujeto a indefiniciones prolongadas.

Los jueces subrayaron que el proceso superó ampliamente los plazos previstos por la normativa vigente y que esta demora constituyó una vulneración adicional de sus derechos. En ese contexto, establecieron que el interés superior del niño exige no solo decisiones correctas, sino también oportunas y eficaces.

Por eso, la Cámara dispuso convocar a los niños a una audiencia en la que los vocales explicarán, en un lenguaje claro y comprensible, el tiempo transcurrido, las decisiones adoptadas y el estado actual de su situación. Asimismo, les ofrecerán una disculpa institucional en nombre del Estado y del sistema de justicia por las demoras y la incertidumbre generada.