ARTÍCULO

Modificaciones al sistema de atención al asegurado en el ámbito del Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado

El 6 de diciembre de 2011 la Superintendencia de Seguros de la Nación emitió la Resolución Nº 36.375, mediante la cual se introdujeron modificaciones a la Resolución Nº 35.680 relativas al procedimiento para la tramitación de consultas y denuncias ante el Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado.
9 de Enero de 2012
Modificaciones al sistema de atención al asegurado en el ámbito del Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado

En junio de 2011, la Superintendencia de Seguros de la Nación (“SSN”) dictó la Resolución Nº 35.680 que creó el Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado (“DOAA”), un órgano especializado que tiene como fin tutelar, promocionar y defender el derecho de los asegurados (ver Insurance News #5 – “Nuevo sistema de atención al asegurado”).

Ahora, mediante la Resolución Nº 36.375 (la “Resolución”), la SSN introdujo modificaciones a la Resolución Nº 35.680, vinculadas a la tramitación de consultas y denuncias ante el DOAA.

La Resolución amplía el espectro de los sujetos pasivos de recibir atención a las consultas y denuncias, anteriormente referidos a “asegurados y/o beneficiarios” y ahora modificado a “tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y/o derechohabientes”, adaptando así toda la norma, y sus anexos, a la nueva definición de sujetos pasivos.

La nueva normativa establece la posibilidad de designar dos suplentes para el responsable del Servicio de Atención al Asegurado de las compañías aseguradoras, y prevé como nuevo requisito la necesidad para el responsable y sus suplentes de acreditar anualmente un mínimo de 32 horas de capacitación en temáticas relacionadas con la protección del consumidor.

La Resolución introduce como una nueva función del DOAA la de fijar anualmente los contenidos mínimos que deberán contener los cursos que obligatoriamente deberán realizar los responsables y suplentes de los Servicios de Atención al Asegurado.

La norma agrega a las responsabilidades y funciones del responsable del Servicio de Atención al Asegurado la de remitir bimestralmente al DOAA un informe digital en el que se consignen las denuncias y reclamos recibidos en la aseguradora, indicando cantidad de denuncias, número de orden, registro de mesa de entradas, resolución en cada caso solucionado y status de pendientes.



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