ARTÍCULO

Modificación de las normas sobre oferta pública y negociación secundaria de cheques de pago diferido y pagarés

La Comisión Nacional de Valores, continuando con la política adoptada por el organismo en materia reglamentaria, ha dispuesto la apertura de un procedimiento de elaboración participativa de normas, en términos del Decreto N° 1172/2003, invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones respecto de la adopción de una nueva reglamentación sobre la oferta pública y negociación secundaria de cheques de pago diferido y pagarés.

28 de Noviembre de 2018
Modificación de las normas sobre oferta pública y negociación secundaria de cheques de pago diferido y pagarés

El 12 de noviembre de 2018, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) dictó la Resolución N° 769 (la “Resolución”), a fin de modificar el régimen legal vigente sobre la oferta pública y negociación secundaria de cheques de pago diferido (“CPD”) y pagarés, lo cual se concretará mediante la implementación de un procedimiento de elaboración participativa de normas. Para arribar a esta decisión, la CNV ha atendido a la necesidad de introducir modificaciones al régimen actual con la finalidad de fomentar la utilización de estos instrumentos en el ámbito del mercado de capitales.

Entre otras disposiciones, la Resolución propone:

(i) Respecto a la negociación secundaria de los CPD, (a) aclarar que estos deberán ser depositados mediante un endoso a favor del Agente de Depósito Colectivo o la entidad financiera autorizada a actuar como tal en los términos de la Ley Nº 21.526; y (b) disponer que los Mercados puedan presentar a la CNV, para su aprobación, reglamentaciones de otros segmentos de negociación u otras modalidades, diferentes de los previstos en la normativa.

(ii) Respecto a la negociación secundaria de pagarés, (a) eliminar de los requisitos para su negociación que los pagarés cuenten con aval de sociedades de garantía recíproca autorizadas para funcionar y/o por Fondos de Garantía de Carácter Público, inscriptos ante el Banco Central de la República Argentina; (b) disponer que las reglamentaciones que los Mercados dicten al efecto de la negociación de los pagarés contemplen distintos requisitos que serán exigibles según se trate de instrumentos avalados, garantizados o no garantizados, y que podrán establecer segmentos de negociación de pagarés, resultando de aplicación, de corresponder, las disposiciones generales establecidas en las Normas de la CNV respecto de los distintos segmentos de negociación de CPD; y (c) que los pagarés sean depositados para su negociación a favor del Agente de Depósito Colectivo o entidad financiera autorizada a actuar como tal en los términos de la Ley Nº 21.526.

Se ha establecido un plazo de 15 días hábiles, que vence el 11 de diciembre de 2018, para presentar opiniones y propuestas, las que deberán canalizarse a través del sitio web de la CNV, tomando en consideración el proyecto de Resolución General propuesto por la Comisión.