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Más tiempo para liquidar divisas de exportaciones posfinanciadas

El Banco Central extendió el plazo para liquidar divisas de embarque de exportaciones totalmente posfinanciadas localmente o desde el exterior.

7 de Abril de 2021
Más tiempo para liquidar divisas de exportaciones posfinanciadas

A través de la Comunicación “A” 7229 del 25 de febrero de 2021, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó el punto 7.5.2. de las normas “Exterior y Cambios”, correspondiente a las exportaciones totalmente prefinanciadas y/o posfinanciadas localmente o desde el exterior. Ahora, se podrá extender el plazo de ingreso y liquidación de divisas del embarque a las posfinanciaciones de exportaciones. (Antes, esto solamente estaba previsto para las prefinanciaciones.)

El BCRA dispuso que los exportadores podrán extender el plazo para la liquidación de divisas del embarque hasta la fecha en que venza el crédito de mayor plazo descontado y/o cedido por el exportador, en la medida que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Que el exportador demuestre haber liquidado en el mercado de cambios el monto recibido a causa de la posfinanciación de exportación.
     
  • Que no se verifiquen las condiciones previstas para los puntos 9.3.4. y 9.3.5. para la emisión de la correspondiente certificación de aplicación (i. e., que exista constancia de que el exportador ha sido liberado de sus obligaciones contingentes con el exterior, que se haya acreditado el ingreso de las divisas por el efectivo cobro del embarque que originó el crédito, que hubo cesión sin recurso de la operación en una entidad del exterior o se hayan descontado las operaciones en una entidad del exterior, habiendo quedado la entidad local y el exportador liberados de sus obligaciones contingentes con el exterior).