Loterías: nuevo Régimen General Sancionatorio
El objetivo es lograr mayor eficiencia y eficacia en los procedimientos sancionatorios de la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires.
El 24 de septiembre de 2025, el directorio de la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires SE (LOTBA) emitió la Resolución de Directorio 33/2025 que aprueba, como anexo, el Régimen General de Sanciones de la LOTBA.
El Régimen, que derogó ciertas resoluciones previas de la LOTBA, resulta de aplicación general frente a incumplimientos cometidos por los siguientes sujetos:
- titulares de agencias oficiales;
- titulares de agencias de juego en línea;
- agente operador de los buques casino;
- concesionario del hipódromo argentino (respecto de todos los juegos explotados, administrados y controlados por la LOTBA);
- fabricantes/proveedores y/o terceros autorizados incluidos los laboratorios certificadores de componentes;
- todo aquel que en el futuro se incorpore a la actividad en virtud de la normativa aplicable.
En cuanto a las sanciones previstas, el Régimen contempla apercibimiento, multa y revocación o rescisión de la concesión, autorización, permiso o contrato.
A su vez, se habilita la adopción de medidas preventivas por parte de la LOTBA, tales como la suspensión parcial o total de la actividad del presunto infractor, con el fin de proteger a los usuarios y apostadores. El Régimen prevé además medidas preventivas (como la suspensión de la actividad en casos críticos) y medidas accesorias de concientización y promoción de buenas prácticas.
Con respecto al procedimiento sancionatorio, el Régimen contempla la detección de incumplimientos mediante inspecciones, reportes internos o denuncias externas, con plazos claros para descargos, revisiones y notificaciones. Se incorpora además la figura del pago voluntario, que permite al infractor reconocer la falta y acceder a reducciones progresivas de la multa, según su historial de cumplimiento.
Por último, el Régimen incluye disposiciones específicas según el tipo de actividad: salas de juego, actividad hípica, sistemas, laboratorios certificadores, fabricantes, proveedores y/o terceros autorizados de Máquinas Electrónicas y/o Electromecánicas de Juegos de Azar (MEEJA), sistemas, dispositivos asociados y juego en línea, entre otras.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.