ARTÍCULO

Loterías: nuevo Régimen General Sancionatorio

El objetivo es lograr mayor eficiencia y eficacia en los procedimientos sancionatorios de la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires.

2 de Octubre de 2025
Loterías: nuevo Régimen General Sancionatorio

El 24 de septiembre de 2025, el directorio de la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires SE (LOTBA) emitió la Resolución de Directorio 33/2025 que aprueba, como anexo, el Régimen General de Sanciones de la LOTBA.
 

El Régimen, que derogó ciertas resoluciones previas de la LOTBA, resulta de aplicación general frente a incumplimientos cometidos por los siguientes sujetos:

  1. titulares de agencias oficiales;
  2. titulares de agencias de juego en línea;
  3. agente operador de los buques casino;
  4. concesionario del hipódromo argentino (respecto de todos los juegos explotados, administrados y controlados por la LOTBA);
  5. fabricantes/proveedores y/o terceros autorizados incluidos los laboratorios certificadores de componentes;
  6. todo aquel que en el futuro se incorpore a la actividad en virtud de la normativa aplicable.


En cuanto a las sanciones previstas, el Régimen contempla apercibimiento, multa y revocación o rescisión de la concesión, autorización, permiso o contrato.

A su vez, se habilita la adopción de medidas preventivas por parte de la LOTBA, tales como la suspensión parcial o total de la actividad del presunto infractor, con el fin de proteger a los usuarios y apostadores. El Régimen prevé además medidas preventivas (como la suspensión de la actividad en casos críticos) y medidas accesorias de concientización y promoción de buenas prácticas.

Con respecto al procedimiento sancionatorio, el Régimen contempla la detección de incumplimientos mediante inspecciones, reportes internos o denuncias externas, con plazos claros para descargos, revisiones y notificaciones. Se incorpora además la figura del pago voluntario, que permite al infractor reconocer la falta y acceder a reducciones progresivas de la multa, según su historial de cumplimiento.

Por último, el Régimen incluye disposiciones específicas según el tipo de actividad: salas de juego, actividad hípica, sistemas, laboratorios certificadores, fabricantes, proveedores y/o terceros autorizados de Máquinas Electrónicas y/o Electromecánicas de Juegos de Azar (MEEJA), sistemas, dispositivos asociados y juego en línea, entre otras.