ARTÍCULO

Límites a la aplicación del régimen de teletrabajo

19 de Marzo de 2021
Límites a la aplicación del régimen de teletrabajo

El 19 de marzo de 2021, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 142/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, que afecta la interpretación de la entrada en vigencia de la Ley N° 27555 de Teletrabajo.

La Resolución establece que, mientras se mantengan las restricciones y/o recomendaciones sanitarias, el consentimiento escrito que exige el artículo 7 de la Ley N° 27555 de Teletrabajo aplica incluso si las personas que trabajan no pueden asistir al lugar de trabajo y realizan las tareas en su domicilio en función de lo dispuesto por el Decreto N° 260/2020 y de la Resolución Nº 207 del Ministerio de Trabajo, y sus modificatorias, o de las medidas que el empleador hubiera decidido implementar en forma preventiva para minimizar los riesgos de contagio.

La Resolución está vigente desde el día 19 de marzo de 2021.