Límites a la aplicación del régimen de teletrabajo
El 19 de marzo de 2021, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 142/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, que afecta la interpretación de la entrada en vigencia de la Ley N° 27555 de Teletrabajo.
La Resolución establece que, mientras se mantengan las restricciones y/o recomendaciones sanitarias, el consentimiento escrito que exige el artículo 7 de la Ley N° 27555 de Teletrabajo aplica incluso si las personas que trabajan no pueden asistir al lugar de trabajo y realizan las tareas en su domicilio en función de lo dispuesto por el Decreto N° 260/2020 y de la Resolución Nº 207 del Ministerio de Trabajo, y sus modificatorias, o de las medidas que el empleador hubiera decidido implementar en forma preventiva para minimizar los riesgos de contagio.
La Resolución está vigente desde el día 19 de marzo de 2021.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.