Límite al uso de marcas en la reproducción de emisiones de espectáculos deportivos
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal estableció un equilibrio entre la tutela del derecho marcario y la protección de la libertad de expresión en relación con la retransmisión de espectáculos deportivos.
THX Medios SA (Infobae) publica notas deportivas con videos que incluyen fragmentos de los espectáculos organizados por La Liga Nacional de Fútbol Profesional a través de su diario digital www.infobae.com.
La Liga es titular de las marcas "LALIGATV" en las clases 38 y 41, "LALIGA" en las clases 25 y 35, y "LALIGA EXHIBITION" en las clases 38 y 41; así como de los derechos de comercialización del contenido audiovisual de las competiciones de fútbol profesional español de primera y segunda división.
De acuerdo con estos derechos, La Liga demandó a Infobae en los autos caratulados La Liga Nacional de Futbol Profesional c/ Thxmedios SA s/Cese de uso de marca (Causa 4527/2019). La pretensión de la demanda era que Infobae cesara:
- en el uso de sus marcas y de otros signos confundibles con aquellas;
- en la reproducción, fijación y retransmisión no autorizada de estos contenidos en internet;
- en la comunicación pública de ese contenido;
- en los actos de competencia desleal.
El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda parcialmente y ordenó a Infobae que cesara la reproducción de los espectáculos deportivos de La Liga que excedieran los tres minutos de duración. Ambas partes apelaron la decisión.
El 4 de junio de 2024, la Sala II de la Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia y reafirmó que la protección judicial de las marcas no debe entorpecer el ejercicio de la libertad de expresión. Asimismo, sostuvo que la información deportiva, destinada a los seguidores de equipos de fútbol, está amparada por este derecho y no debe ser restringida simplemente por contener marcas de terceros.
El tribunal de apelación concluyó que el uso de marcas de terceros en la transmisión de espectáculos deportivos no es estrictamente marcario, ya que no cumple la función de distinguir un servicio y no induce a los consumidores a confusión. Es decir, los usuarios de Infobae comprenden claramente que están accediendo a contenido de ese medio y no de La Liga. Por último, no se demostró que Infobae haya obtenido un beneficio económico indebido de estas publicaciones.
Este fallo resulta relevante ya que establece límites claros al alcance de la protección de las marcas en el ámbito digital.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.