ARTÍCULO

¿Libertad de expresión o derecho al olvido?

Se rechazó un pedido de desindexación al priorizar la libertad de expresión frente al derecho al olvido en un caso de maltrato animal.

24 de Febrero de 2026
¿Libertad de expresión o derecho al olvido?

La parte actora solicitó la eliminación de su nombre de los resultados de ciertos buscadores de internet tras un incidente ocurrido en 2021, en el que fue imputado por presunto maltrato animal. El hecho tuvo lugar cuando el demandante, acompañado por su hija de 9 años, paseaba a su perro y este se vio involucrado en una pelea con el perro de un vecino. Durante el incidente, el perro del vecino habría atacado a la niña, lo que llevó al padre a golpearlo. El episodio fue grabado por un tercero y difundido en redes sociales y medios digitales, lo que dio origen a una causa penal (“Cristian c/ Google Argentina SRL y otros s/ tutela autosatisfactiva”, Expte. No. 5974/25, sentencia del 5 de diciembre de 2025).

El hombre fundó su pedido de eliminación en que la persistencia de los enlaces relacionados con su nombre afectaba su vida laboral y familiar, ya que recibía mensajes hostiles y presentaba dificultades para conseguir empleo.

Un buscador, por su parte, defendió la permanencia del material y argumentó que se trataba de información veraz, vinculada a un hecho de interés general y carente de ilicitud. Asimismo, señaló que la responsabilidad de los buscadores solo se activa frente a notificaciones efectivas sobre contenidos manifiestamente ilícitos.

El juez interviniente concluyó que no se encontraban acreditados ni los daños invocados ni la ilicitud del contenido difundido. En su análisis, ponderó el conflicto entre el derecho al honor y la libertad de expresión, y destacó que, aunque el demandante no es una figura pública, el hecho estuvo vinculado a una investigación penal y a un debate social relevante sobre la protección animal.

En línea con la doctrina sentada en el caso “Denegri, resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el magistrado sostuvo que la protección de la libertad de expresión y del derecho a la información alcanza incluso a contenidos que pueden resultar incómodos o embarazosos para los involucrados, cuando se trata de asuntos de interés público. En consecuencia, resolvió rechazar el pedido de desindexación y priorizar la libertad de expresión en el entorno digital.