La Unidad de Información Financiera adecuó la normativa dirigida a los organismos de supervisión y control, entre ellos, la Superintendencia de Seguros de la Nación
Con fecha 30 de mayo de 2012, fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución N° 92/2012 (la “Resolución N° 92”) de la Unidad de Información Financiera, que modifica parcialmente sus Resoluciones N° 12/2011 (la “Resolución N° 12”), N° 19/2011 (la “Resolución N° 19”) y N° 22/2011 (la “Resolución N° 22”).
La Resolución N° 92 principalmente reforma la definición de “cliente” establecida en todas las antedichas resoluciones, sustituyendo así el inciso b) del artículo 2 de cada una de ellas.
En el caso particular de la Resolución N° 19, que regula las obligaciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación, la redacción original establecía, con un lenguaje poco claro, que “clientes” eran “aquellas personas físicas o jurídicas reguladas por la Ley N° 20.091 y sus modificatorias, que se encuentren sujetas a la autorización y fiscalización de la Superintendencia de Seguros de la Nación, exclusivamente en la materia de su incumbencia; como así también todas las personas físicas o jurídicas que establecen, de manera ocasional o permanente, una relación contractual de carácter financiero, económico o comercial con las entidades aseguradoras, productores, agentes, intermediarios, peritos y liquidadores no dependientes del asegurador, y que se encuentran bajo la órbita de control de la Superintendencia de Seguros de la Nación”.
La Resolución N° 92 tuvo por objeto reformular esa definición de “cliente”, demarcando la definición a “las personas físicas y jurídicas reguladas por las Leyes N° 17.418, N° 20.091, N° 22.400 y N° 24.557, sus modificatorias, concordantes y complementarias, y todas aquellas alcanzadas por su regulación, supervisión, fiscalización y/o control”.
Por otro lado, la Resolución N° 92 deroga las disposiciones de la Resolución N° 12, la Resolución N° 19 y la Resolución N° 22 relativas a los deberes de colaboración y supervisión del Banco Central de la República Argentina, la Superintendencia de Seguros de la Nación y la Comisión Nacional de Valores, respectivamente, dado que esas obligaciones se rigen por las disposiciones del anexo aprobado por la Resolución N° 165/2011 de la Unidad de Información Financiera.
Cabe destacar que la Resolución N° 92 comenzó a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, esto es, el 30 de mayo de 2012.
Para mayor información, contáctese con:
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.

