La SSN habilita los seguros de salud prestacionales
La nueva resolución eliminó la prohibición de que las coberturas de salud sean prestacionales y estableció regulaciones para estos seguros.
La Resolución 258/2026 de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), dictada el 19 de junio de 2026, derogó la prohibición de las aseguradoras de comercializar coberturas de salud prestacionales. En este sentido, establece una regulación específica para este tipo de seguros de salud bajo modalidad prestacional.
Esta prohibición se encontraba prevista en el Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA) que prohibía expresamente la comercialización de coberturas de salud cuyo beneficio consistiera en una prestación directa de los actores de servicios de salud sujetos al control de la Superintendencia de Servicios de Salud o de otros prestadores de salud.
La SSN fundamentó la medida en la conveniencia de ampliar la oferta de coberturas disponibles para la población, fomentar el desarrollo de nuevos productos asegurativos y promover una mayor participación del mercado asegurador en el ámbito de la salud. Asimismo, encuadró la modificación dentro del proceso de simplificación y revisión regulatoria que viene impulsando el organismo.
Junto con la eliminación de la prohibición, la Resolución incorporó una regulación específica para los seguros de salud prestacionales. En particular, estableció que las aseguradoras deberán garantizar la continuidad asistencial de los asegurados que se encuentren bajo tratamiento médico o cuenten con un diagnóstico confirmado. Asimismo, dispuso que la modificación, sustitución o baja de prestadores integrantes de la red no podrá afectar la zona de cobertura de las pólizas vigentes ni impedir el acceso efectivo a las prestaciones cubiertas.
La norma también exige que las aseguradoras arbitren los medios necesarios para garantizar la continuidad de las prestaciones mediante prestadores de características similares y asuman los costos adicionales que pudieran derivarse de las modificaciones en la red asistencial. De este modo, se procura asegurar la continuidad de los tratamientos en curso durante toda la vigencia de las pólizas.
Por otro lado, la Resolución mantiene la posibilidad de contemplar exclusiones por enfermedades preexistentes, tanto en pólizas individuales como colectivas, en atención a las características particulares de este tipo de coberturas.
Si bien la Resolución elimina una restricción histórica y habilita la comercialización de seguros de salud prestacionales, su implementación práctica plantea algunos interrogantes regulatorios. Por ende, sus implicancias prácticas deberán ser seguidas de cerca.
La Resolución entró en vigencia el 22 de junio de 2026.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.