ARTÍCULO

La República Argentina aprobó el Protocolo de Modificación del ADPIC

Por Ley N° 26.662 -sancionada el 16 de marzo de 2011 y publicada el 8 de abril de 2011- la República Argentina aprobó el “Protocolo por el que se enmienda el acuerdo sobre los ADPIC, adoptado en Ginebra, Confederacion Suiza, el 6 de diciembre de 2005” (en adelante, el “Protocolo”).
22 de Septiembre de 2011
La República Argentina aprobó el Protocolo de Modificación del ADPIC

El Procotolo introdujo las denominadas “licencias obligatorias de exportación”, las cuales permiten exportar un producto farmacéutico patentado, desde un país con capacidad de producción a un país habilitado por la OMC y que carece de la mencionada capacidad de producción.

La Declaración de Doha de 2001, como así también la Decisión de 2003 y el Protocolo de 2005, deja sin efecto la limitación de las licencias obligatorias relativa al abastecimiento del mercado interno (artículo 31, inc. f, del Acuerdo ADPIC), y permite a un Estado miembro carente de capacidad industrial suficiente la posibilidad de importar medicamentos en casos de epidemias u otras circunstancias de extrema urgencia.

Para comprender el sentido de la modificación introducida por la Ley N° 26.662, debemos recordar que el artículo 31 del ADPIC regula los usos de la materia de una patente sin autorización del titular de los derechos, estableciendo ciertas pautas para la concesión de las comúnmente denominadas licencias obligatorias. Dentro de estas pautas, el inc. f) del citado artículo dispone que estos usos deben ser autorizados “principalmente para abastecer el mercado interno del Miembro que autorice tales usos”. Es decir que, de acuerdo con la redacción original del ADPIC, los productos elaborados al amparo de licencias obligatorias no podían, en principio, ser exportados.

La limitación relativa al abastecimiento del mercado interno podía traer como consecuencia la inaplicabilidad de la norma en aquellos países carentes de capacidad de producción de productos farmacéuticos. Por ello, el Protocolo aprobado por la Ley N° 26.662 viene a corregir esta situación al permitir las licencias obligatorias de exportación.




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