La Corte Suprema de Justicia reitera la doctrina de la causa “Tradigrain”
El 24 de mayo del 2011, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó sentencia en la causa “Aceitera General Deheza S.A.”, donde resolvió acerca de si correspondía la liquidación y pago del “factor de convergencia” por ciertas operaciones de exportación de productos de origen agrícola incluidos en la Ley N° 21.453.
Vale la pena recordar que la Ley N° 21.453 regula algunos aspectos de las ventas al exterior de ciertos productos de origen agrícola, entre los que se prevé su registración mediante la presentación de una declaración jurada; y que el Decreto N° 803 del año 2001 estableció un régimen transitorio para el comercio exterior, que consiste en el pago a los exportadores del beneficio denominado “factor de convergencia”, que resultaba aplicable a operaciones de exportación de productos de origen agrícola.
La empresa Aceitera General Deheza S.A. solicitó la liquidación y pago del “factor de convergencia” por ciertas operaciones de exportación, pero la AFIP-DGA denegó el pago del beneficio. El fisco argumentó que, si bien el beneficio estaba vigente cuando la empresa cerró las operaciones de venta con el exterior y registró las operaciones mediante la presentación de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), el mismo se encontraba derogado cuando se documentaron los permisos de embarque ante la aduana.
La causa fue resuelta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a favor de la empresa.
Para resolver en este sentido, la Corte reiteró su doctrina establecida en el caso “Tradigrain S.A.” (sentencia del 10 de diciembre de 1997), donde había señalado que el tratamiento fiscal y de estímulos que corresponde a las operaciones de exportación de productos de origen agrícola al amparo de la Ley N° 21.453 es el vigente a la fecha de cierre del contrato de venta con el exterior y no el vigente a la fecha de efectuarse la exportación.
El pronunciamiento resulta relevante en tanto el Alto Tribunal mantiene, con su actual integración, la doctrina establecida en el año 1997.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.