ARTÍCULO

La CNV regula el cambio de régimen de oferta pública

Se establece un marco para que las emisoras bajo el Régimen General de Oferta Pública puedan acceder a esquemas regulatorios diferenciados.

24 de Febrero de 2026
La CNV regula el cambio de régimen de oferta pública

El 19 de febrero de 2026, la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó la Resolución General 1110/2026, mediante la cual incorporó un procedimiento específico para el cambio de régimen de oferta pública.

La Resolución permite que las emisoras comprendidas en el Régimen General o en el Régimen PyME CNV —tanto autorizadas por acciones como por obligaciones negociables— puedan solicitar su cambio a cualquier otro régimen especial previsto por la CNV, siempre que cumplan con los requisitos aplicables a dicho régimen y otros adicionales. La Resolución busca facilitar el acceso y permanencia de estas emisoras en el mercado de capitales morigerando los costos y exigencias regulatorias desproporcionadas.

Del mismo modo, la Resolución prevé la posibilidad de que aquellas emisoras que se encuentran en regímenes especiales con menores exigencias puedan optar por su cambio al Régimen General o al Régimen PyME CNV, presentando la correspondiente solicitud ante la CNV para su autorización.

Para el caso de una emisora autorizada por acciones que pretenda pasar a un régimen con menores exigencias, la Resolución exige que se cumpla el procedimiento aplicable al retiro del régimen de oferta pública. Esto incluye la formulación de una Oferta Pública de Adquisición (OPA) dirigida a accionistas disidentes, la fijación de un precio equitativo, la constitución de garantías suficientes y la inmovilización de las acciones de quienes votaron a favor. En ese caso, la autorización de la CNV tendrá carácter formal y la aprobación definitiva del cambio quedará supeditada al íntegro cumplimiento de la OPA y al levantamiento de las garantías.

El cambio de régimen se articula a través de un procedimiento escalonado que combina instancias societarias y regulatorias, con foco en la transparencia y la protección de inversores. Esto permite equilibrar la flexibilidad regulatoria con la tutela de los accionistas minoritarios ante cambios relevantes en el régimen de oferta pública.