ARTÍCULO

Inicio de Investigación

15 de Diciembre de 2010
Inicio de Investigación
Mediante la Resolución 238/2010, la Secretaría de Industria y Comercio declaró procedente la apertura de una investigación relativa a la existencia de dumping en las exportaciones hacia la República Argentina de papel y cartón estucados por una o las dos caras con caolín u otras sustancias inorgánicas, con aglutinante o sin él, con exclusión de cualquier otro estucado o recubrimiento, incluso coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, de los tipos utilizados para escribir, imprimir y otros fines gráficos, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico, o químico-mecánico o con un contenido total de estas fibras inferior o igual al 10% en peso del contenido total de fibra, según el siguiente detalle: i) En bobinas, de peso igual o superior a 80 gramos por metro cuadrado, e inferior o igual a 200 gramos por metro cuadrado, excluidos los de anchura inferior o igual a 15 centímetros, metalizados, baritados, y/o los tipo duplex; y ii) En hojas o tiras, de peso igual o superior a 80 gramos por metro cuadrado, e inferior o igual a 200 gramos por metro cuadrado excluidos los despachados por la SUBPARTIDA 4810.14, la NCM 4810.19.10, metalizados, y/o baritados, originarios de la Estados Unidos de América, de la República de Corea, de la República de Finlandia, de la República de Austria y de la República Popular China, mercadería que clasifica en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) 4810.13.89, 4810.13.90, 4810.19.89 y 4810.19.90.