ARTÍCULO

Fin de la aplicación provisional del convenio con Suiza para evitar la doble imposición

La República Argentina puso fin a la aplicación provisional del Convenio para evitar la doble imposición firmado con Suiza en 1997.
29 de Febrero de 2012
Fin de la aplicación provisional del convenio con Suiza para evitar la doble imposición

En el año 1997 los Gobiernos de Argentina y Suiza suscribieron un Convenio para evitar la Doble Imposición con relación a tributos sobre la renta y sobre el patrimonio. El Convenio no obtuvo ratificación legislativa en ninguno de los dos países, pero fue puesto en vigencia de modo provisional a partir del 1 de enero de 2001, a través de un acuerdo celebrado por los ministros de economía de ambos países.

La vigencia de este convenio determinaba relevantes ventajas para contribuyentes y empresas comprendidos en el mismo, particularmente en materia de retenciones por Impuesto a las Ganancias correspondientes a pagos de intereses y regalías, y asimismo en lo relativo al Impuesto sobre los Bienes Personales que incidiría sobre acciones de sociedades argentinas en poder de accionistas residentes en Suiza.

El 31 de enero de 2012, a través de la publicación de un aviso en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional dio a conocer su decisión, comunicada al Gobierno Suizo mediante una nota emitida el 16 de enero de 2012, en el sentido de dar por terminada la aplicación provisoria del Convenio. En la citada nota, el Ministro de Relaciones Exteriores de la Argentina informa también al Gobierno Suizo de la decisión de no ratificar el Convenio.

En la misma nota, el Gobierno Argentino comunica al Gobierno Suizo que el Acuerdo celebrado entre ambos países para evitar la doble imposición con relación a los beneficios procedentes del transporte marítimo y aéreo “continuará suspendido en su vigencia”.

En el final de la nota, se propone al Gobierno Suizo llevar adelante un proceso de negociación, orientado a celebrar un acuerdo de intercambio de información en materia impositiva y aduanera, siguiendo los lineamientos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico y la Organización Mundial de Aduanas, “con el propósito de profundizar la relación entre ambos países en materia de transparencia tributaria y aduanera internacional”.