ARTÍCULO

Entrada en vigor de la Convención de la Apostilla para Brasil y Marruecos

A partir del 14 de agosto de 2016, Brasil y Marruecos se suman a los 111 Estados parte.

1 de Septiembre de 2016
Entrada en vigor de la Convención de la Apostilla para Brasil y Marruecos

La Convención de la Apostilla (también llamada “Tratado de Apostilla” o “Convenio de La Haya”) suprime la exigencia de legalización diplomática o consular para los documentos públicos extranjeros.

En este sentido, reemplaza las formalidades de la legalización (certificación en cadena) de un documento público por medio de la emisión de una Apostilla. Se aplica a aquellos documentos emanados de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, a documentos administrativos, notariales, así como a las certificaciones oficiales que hayan sido aplicadas sobre documentos privados, tales como aquellas que registran el documento o su existencia en una fecha determinada, y autenticaciones de firmas.

De este modo, se facilita la circulación de documentos públicos emitidos en un Estado parte del Convenio y que deben ser presentados en otro Estado parte.

Firmada el 5 de octubre de 1961, hasta la fecha, 111 países se han sumado a la Convención, incluyendo la República Argentina. Para Brasil y Marruecos, entró en vigor el 14 de agosto de 2016.