ENACOM reglamenta la actividad postal
La Resolución genera un marco de transparencia para los actores involucrados en la actividad.
El 27 de junio de 2025, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 935/2025 del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). Allí se aprueba una actualización integral del régimen postal en concordancia con los cambios dispuestos por el Decreto 1005/2024.
En primer lugar, la Resolución regula el procedimiento para la inscripción como prestador postal ante el ENACOM. De este modo, establece que los interesados en desarrollar actividades del mercado postal deberán solicitar su inscripción al registro administrado por el ENACOM. Esto se realizará a través de la plataforma electrónica de Trámites a Distancia (TAD), en la que se brindará la información requerida, en carácter de declaración jurada respecto a la actividad postal a desarrollar, de acuerdo con el formulario digital que se habilite en la plataforma.
A su vez, dispone que cualquier modificación de los datos declarados al momento de su inscripción deberá ser comunicada al ENACOM, dentro de los 30 días corridos, también a través de TAD. Se exige, asimismo, la presentación de una declaración jurada anual, con vencimiento el 15 de marzo o día hábil inmediato posterior. En ella se deberá incluir información sobre la cantidad de envíos, el personal, la facturación y demás indicadores.
En cuanto a las declaraciones juradas, se aclara que la inexactitud, falsedad u omisión de cualquier dato o información que se brinde en carácter de Declaración Jurada importará la aplicación de la sanción prevista en la Ley de Correos 20216.
En segundo lugar, mediante la Resolución, el ENACOM aprueba las normas operativas y técnicas en materia postal. Allí, se regulan, entre otras cuestiones:
- el régimen de indemnizaciones por pérdida, daño o extravío de correspondencia, encomiendas o envíos con declaración de valor;
- la responsabilidad de los operadores ante demoras o servicios no prestados;
- las excepciones por caso fortuito, culpa del impositor, remitente o naturaleza del contenido, envíos en infracción, entre otros supuestos específicos;
- las disposiciones relativas a derechos y obligaciones de los operadores postales.
Por último, se establece que el ENACOM publicará mensualmente el listado de prestadores postales inscriptos en su página institucional y garantizará su actualización periódica.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.