El BCRA modifica el régimen de Control de Cambios
Los mayores objetivos de esta norma son facilitar la importación de bienes de capital y ampliar el plazo de ingreso de dichos bienes.
El Banco Central de la República Argentina (“BCRA”), mediante la Comunicación “A” 6825, que modificó las Comunicaciones “A” 6796 (previamente modificada por la Comunicación “A” 6814) y “A” 6818, dispuso la flexibilización de los controles de cambio para facilitar la importación de bienes de capital.
Hasta el momento, el acceso al mercado de cambios podía ser otorgado a residentes con endeudamientos financieros con el exterior o a fideicomisos constituidos en el país destinados a garantizar la atención de los servicios de capital e intereses de tales endeudamientos. Con la nueva Comunicación, también podrán acceder quienes tienen deudas comerciales por importaciones de bienes y/o servicios con una entidad financiera del exterior o con una agencia oficial de crédito a la exportación.
Asimismo, se extendió el plazo de 90 días para el ingreso aduanero de ciertos bienes a partir de la fecha de acceso al mercado de cambios. En el caso de pagos anticipados de bienes de capital, el plazo para demostrar el registro de ingreso aduanero vuelve a ser de 270 días corridos a partir de la fecha de acceso al mercado de cambios.
El plazo extendido se aplica solo a las posiciones arancelarias clasificadas como Bien de Capital (BK) en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (Decreto Nº 690/02 y complementarias).
Para el resto de los bienes, el plazo continuará siendo de 90 días corridos a partir de la fecha de acceso al mercado local de cambios. En el caso de que un mismo pago anticipado incluya bienes de capital y bienes que no son de capital, la operación se regirá por el plazo del tipo de bien que represente una mayor proporción del valor total abonado.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.