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DNU N° 609/2019: Deberá ingresarse y liquidarse en el mercado de cambios el contravalor de exportaciones de bienes y servicios, y la compra de moneda extranjera y las transferencias al exterior requerirán autorización previa del BCRA

El Poder Ejecutivo reinstauró dichas medidas a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 609/2019,  publicado en el Boletín Oficial el 1 de septiembre de 2019.

2 de Septiembre de 2019
DNU N° 609/2019: Deberá ingresarse y liquidarse en el mercado de cambios el contravalor de exportaciones de bienes y servicios, y la compra de moneda extranjera y las transferencias al exterior requerirán autorización previa del BCRA

El presidente de la Nación Argentina en acuerdo general de ministros decretó que:

 

  1. hasta el 31 de diciembre de 2019, el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios; y

 

  1. la compra de moneda extranjera en el mercado de cambios y su transferencia al exterior requerirá autorización previa, distinguiéndose la situación de las personas humanas de la de las personas jurídicas.

 

En los considerandos del Decreto, se menciona que las medidas son “extraordinarias y transitorias”, y se faculta al Banco Central de la República Argentina (BCRA) para reglamentar las condiciones y plazos referidos a su cumplimiento.

 

Asimismo, se autoriza al BCRA para establecer, vía reglamentación, las medidas necesarias para evitar “prácticas y operaciones tendientes a eludir, a través de títulos públicos u otros instrumentos” lo dispuesto en el Decreto.

 

Finalmente, se sustituye el artículo 2 del Decreto N° 596/2019, mediante el cual se postergaron los vencimientos de ciertos títulos de deuda de corto plazo, a través de una prórroga inmediata y escalonada de sus vencimientos, sin afectar la moneda de denominación ni el capital o las tasas de interés, para contemplar, “adecuadamente las diferentes modalidades en las que las personas humanas son titulares, directa o indirectamente, de títulos públicos comprendidos en el alcance de ese decreto”.