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Declaraciones autoincriminantes en juicio comercial: ¿Prueba de cargo válida en una causa penal?

La Cámara Criminal se pronunció sobre la relevancia de las declaraciones prestadas en un proceso comercial y su validez como prueba de cargo contra el propio declarante en una causa penal.

5 de Junio de 2019
Declaraciones autoincriminantes en juicio comercial: ¿Prueba de cargo válida en una causa penal?

En el caso “L., M. R. Nulidad”, c. 51776/2018/1/CA1 de la Sala 6 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, un fallido admitió, ante el juez de la quiebra,  haber realizado pagos a un acreedor, fuera del expediente judicial. Frente a ello, el juez remitió testimonios de la declaración a la Justicia Criminal, para que investigara la posible comisión del delito de otorgamiento de ventajas indebidas (artículo  176.3 del Código Penal).

En sede penal, el juez de instrucción indagó al imputado, con sus declaraciones en el expediente comercial como única prueba de cargo. Por su parte, la defensa planteó la nulidad de la prueba, sosteniendo que se trató de una declaración prestada bajo coacción.

El juez de instrucción rechazó el pedido de la defensa, y esta recurrió a la Cámara por vía de apelación. Analizado el caso, la Cámara declaró la nulidad de la prueba y del llamado a indagatoria, y dispuso el sobreseimiento del imputado.

Al resolver en este sentido, la Cámara tuvo en cuenta que el imputado declaró en sede comercial en los términos del artículo 102 de la Ley de Concursos y Quiebra, que le imponía el deber de brindar explicaciones de su situación patrimonial. Además, destacó que el fallido no fue advertido en ningún momento de las posibles implicancias penales de sus dichos.

En este contexto, consideró que se trató efectivamente de una declaración coaccionada, pues se colocó al declarante en la disyuntiva de incumplir sus deberes procesales en la quiebra, o posicionarse desfavorablemente con miras a una denuncia penal. Por tanto, se trató de un acto violatorio de la garantía contra la autoincriminación, que ―aclaró la Cámara― rige para todo proceso judicial, cualquiera que sea su naturaleza.