ARTÍCULO

Creación del Foro de Empresarios Argentina-Brasil

El Foro de Empresarios Argentina-Brasil tiene como propósito acercar a las respectivas comunidades de negocios de la Argentina y de Brasil para debatir cuestiones de interés mutuo.
28 de Febrero de 2011
Creación del Foro de Empresarios Argentina-Brasil

El 31 de enero de 2011 y con motivo de la visita de la Presidente de la República Federativa de Brasil, Dilma Rousseff, a la República Argentina, la Presidente Cristina Fernández de Kirchner y su par brasileña celebraron la creación de un Foro de Empresarios Argentina-Brasil (el "Foro") que tiene como propósito acercar a las respectivas comunidades de negocios de la Argentina y de Brasil para debatir cuestiones de interés mutuo, particularmente, formas para fortalecer los lazos económicos, comerciales y de inversión entre los dos países, con miras a la inclusión social y comunicar sus recomendaciones comunes a los respectivos Gobiernos.

Asimismo, el Foro está proyectado para facilitar el intercambio de información e incentivar los debates bilaterales que versan sobre la forma por la cual ambos Gobiernos puedan:

  1. promover el comercio, la industria y las inversiones como vías para el crecimiento económico y el desarrollo y la inclusión social;
  2. mejorar la competitividad a través de la innovación y del emprendimiento;
  3. compartir el desarrollo de habilidades con el objetivo de crear soluciones en el desarrollo de la educación y capacitación de la mano de obra;
  4. promover el intercambio de tecnología en las áreas clave.

 

Dicho Foro será reunido y presidido por el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Desarrollo, Industria y Comercio Exterior y representante de la Presidencia de la República Federativa del Brasil, y por el Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina (en adelante los "Participantes").

Integrarán el Foro miembros de los sectores público y privado. Estos deberán: (i) ser Jefes Ejecutivos o Presidentes de las compañías; (ii) representar a sus respectivas empresas en el Consejo y no a las asociaciones a las cuales pudieran pertenecer; (iii) representar a una diversidad de sectores; (iv) ser capaces de ofrecer una perspectiva amplia y experiencias empresariales para las discusiones; (v) ser capaces de dirigirse a las cuestiones transversales que afectan a toda la comunidad empresarial; y (vi) en la medida de lo posible, representar a los segmentos de pequeñas, medianas y grandes empresas.

Los miembros del Foro del sector privado deben proveer a ambos gobiernos recomendaciones conjuntas que reflejen las visiones, necesidades e inquietudes del sector privado con respecto a la creación de un ambiente en el que puedan formar, desarrollar e incrementar las relaciones comerciales bilaterales, con vistas a promover también una intensificación en los flujos de inversión productiva entre los dos países y al tiempo, fortalecer el posicionamiento de la Argentina y el Brasil como destinos estratégicos mundiales.

Los miembros del Foro del sector privado se organizarán de la siguiente manera:

  1. formarán un único Comité (el "Comité") que se dividirá en dos Secciones (las "Secciones"), una por cada país, las que trabajarán para preparar recomendaciones conjuntas destinadas a ambos gobiernos;
  2. cada país, a través de su Participante, designará a los miembros y al Presidente de su Sección y lo comunicará al participante del otro país, con anticipación suficiente a cualquier reunión del Foro;
  3. las recomendaciones para ambos gobiernos serán provistas por el Comité a través del Foro. El Comité podrá encontrarse en forma separada del Foro para desarrollar recomendaciones conjuntas, y cada Sección podrá reunirse independientemente del Comité. Los miembros del Comité deberán acatar las designaciones que hicieran los Participantes. El mandato de cada miembro será normalmente de dos años, pudiendo renovarse;
  4. los Gobiernos de cada país a través de los Ministerios correspondientes serán responsables de la coordinación entre los sectores público y privado en sus países.

 

 Asimismo, los Participantes deberán preparar una reunión inicial y reuniones subsiguientes, según sea necesario, para recibir recomendaciones conjuntas del Comité.

El Foro prevé dos encuentros por año, uno en cada país y deberá reunirse en los períodos y lugares determinados por los Participantes, consultados los Presidentes de las Secciones.

Antes de cada reunión, previa consulta a los Participantes, los miembros del Comité deberán trabajar juntos para preparar un informe común para el Foro, el que será enviado a las autoridades de cada país, destacando las recomendaciones específicas.

Los Presidentes de las Secciones organizarán reuniones del Comité, tele-conferencias e intercambios, involucrando al sector privado de cada país, para desarrollar un conjunto de recomendaciones. Los Participantes pueden pedir al Comité que prepare informes adicionales; debiendo producirse dichos informes en los idiomas portugués y español.

Por otro lado, los Participantes son responsables de las operaciones administrativas del Foro; deben proveer al menos un asistente de una sección o departamento de relevancia de cada gobierno para trabajar con los Presidentes de las Secciones, con el fin de que puedan preparar los temas organizativos y otros relacionados con las reuniones del Foro; y los Participantes y Presidentes de las Secciones deben finalizar las agendas para las reuniones del Foro una semana antes de la reunión.

A su vez, las autoridades de gobierno de cada país, incluyendo aquellas que conducen los grupos bilaterales de trabajo Brasil-Argentina sobre crecimiento económico, agricultura, energía, comercio, ciencia y tecnología, y otros grupos de trabajo, se reunirán con el Foro, para recibir y discutir las recomendaciones conjuntas.

En términos generales, los miembros del Comité no recibirán ninguna remuneración por su participación en las actividades del Foro. Los gastos de viaje y otros relacionados con la participación de los miembros en reuniones del Foro, incluyendo reuniones del Comité y de las Secciones, deben ser costeadas por los miembros. Las actividades de los Gobiernos del Brasil y de la Argentina están sujetas a la disponibilidad de fondos apropiados y a las respectivas leyes y reglamentos del Brasil y de la Argentina.

Finalmente, cabe mencionar que los términos descriptos con anterioridad pueden ser modificados por la acción conjunta de los Gobiernos de Brasil y de la Argentina en cualquier momento.