ARTÍCULO

Competencia judicial en un caso de nulidad de marca

El 17 de octubre de 2012, en los autos “Asociación Argentina de Criadores de Hereford c. Villa Federico Hugo Segundo y otro s/ nulidad de marca”, la sala 2 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal con asiento en la Ciudad de Buenos Aires dirimió un conflicto de jurisdicción que se había planteado en un caso de nulidad de registro de marca entre el Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal Nº 1 (de la Ciudad de Buenos Aires) y el Juzgado Federal Nº 2 de Rosario.
1 de Octubre de 2013
Competencia judicial en un caso de nulidad de marca

El Tribunal dirimió el conflicto adjudicando el caso al Juzgado Nº 11, recordando que el juez competente para entender en un pedido de nulidad registral es aquel con jurisdicción en el lugar donde se encuentra la autoridad administrativa que emitió el acto cuya nulidad se solicita.

De esta manera, resulta claro que los juicios por nulidad de marca, y por aplicación analógica, todos los juicios de nulidad de derechos de propiedad industrial, deben tramitarse ante la justicia nacional en lo civil y comercial federal.




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Cv   Martín Bensadon
cv   Ignacio Sánchez Echagüe