ARTÍCULO

Certificados de Importación

26 de Junio de 2012
Certificados de Importación

Mediante la Resolución 304/2012, publicada en el Boletín Oficial el 25 de junio de 2012, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas resolvió: (i) establecer un nuevo modelo para los Certificados de Importación y que la impresión de estos Certificados de Importación sea en papel de seguridad; (ii) establecer la vigencia de los certificados de importación en 60 días corridos desde la fecha de emisión; y (iii) designar a la Secretaría de Comercio Exterior como autoridad de aplicación, quedando autorizada a interpretar y dictar las normas necesarias para una adecuada aplicación de esta medida.