Cambios en el procedimiento de oposiciones de marcas
El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial aprobó un nuevo reglamento para la instancia administrativa de resolución de oposiciones.
El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) dictó la Resolución 297/2026 mediante la cual aprobó un nuevo reglamento para la instancia administrativa de resolución de oposiciones.
El nuevo procedimiento, que entró en vigencia el 12 de agosto de 2026, será aplicable a todas las oposiciones deducidas contra solicitudes de marcas presentadas a partir del 1° de marzo de 2026. Las oposiciones formuladas contra solicitudes presentadas con anterioridad a dicha fecha continuarán tramitándose bajo el régimen anterior.
Este nuevo reglamento no altera sustancialmente el anterior procedimiento de oposiciones, sino que introduce algunas modificaciones orientadas a agilizar y simplificar su tramitación. Las principales modificaciones que introduce son:
− Supresión de la etapa de prueba: Las partes podrán ofrecer cualquier medio probatorio, pero deberán hacerlo al momento de mantener la vigencia de la oposición o de contestar su traslado −según corresponda− y siempre que la prueba pueda ser incorporada en ese mismo acto en formato documental.
La única excepción prevista corresponde a las constataciones de enlaces o sitios web que las partes individualizan, las cuales serán realizadas directamente por la Dirección Nacional de Marcas al momento de dictar resolución. En esa misma instancia, la Dirección Nacional de Marcas se podrá expedir sobre la procedencia de la prueba ofrecida por las partes que haya podido acompañarse oportunamente en formato documental.
− Nulidades y caducidades vinculadas con la oposición: Los pedidos de caducidad por falta de uso o de nulidad administrativa de marcas relacionadas con el conflicto deberán plantearse al momento de ampliar los fundamentos de la oposición o al contestar su traslado, según corresponda. En tales supuestos, la cuestión será resuelta en el marco del procedimiento de resolución de oposiciones.
Cuando los presupuestos requeridos para la caducidad por falta de uso o la nulidad administrativa de marcas se configuraren con posterioridad, se podrá deducir el planteo de manera autónoma. Esto debe denunciarse en el procedimiento de oposición hasta el vencimiento del plazo para presentar los argumentos finales. En estos casos, la oposición se resolverá una vez que quede firme la resolución en el procedimiento de caducidad o de nulidad.
Con estas modificaciones, el INPI intenta automatizar, simplificar y acelerar la tramitación de las oposiciones a solicitudes de marcas.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.