ARTÍCULO
Cámara en todos los fueros III Circunscripción Judicial (Provincia de Neuquén), 27/12/2010, “Caminatta Juan Carlos c/ Provincia de Neuquén s/ amparo s/ incidente de apelación”
1 de Diciembre de 2010
Se resuelve confirmar la medida cautelar decretada en primera instancia, que implica la suspensión de toda actividad de exploración, explotación, construcción u operación relacionada con el Proyecto Geotérmico Copahue y la prohibición de innovar en materia minera e hidrocarburífera dentro de los 5 km del límite internacional con la República de Chile, con base en el principio precautorio y en relación con la determinación de la existencia de glaciares en la región del Volcán Copahue. Establece la vigencia de la suspensión hasta tanto se realice el estudio de impacto ambiental, previsto por la Ley 25.675 general del ambiente así como también por la Ley 26.639 de presupuestos mínimos para la preservación de los glaciares y del ambiente periglacial.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.