ARTÍCULO

Caducidad de planes de seguro

Las aseguradoras deberán informar a la Superintendencia de Seguros de la Nación las aprobaciones particulares que se encuentran utilizando o sea su intención utilizar en el futuro, dentro de los plazos fijados, bajo apercibimiento de caducidad.

10 de Mayo de 2011
Caducidad de planes de seguro

El 20 de abril de 2011, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 35.701 (la “Resolución”), dictada por la Superintendencia de Seguros de la Nación (la “SSN”), por la que se estableció un cronograma de presentación para que las aseguradoras informen sobre las aprobaciones particulares de los planes que se encuentran utilizando o sea su intención utilizar en el futuro. La falta de cumplimiento de este deber de información dentro de los plazos previstos producirá la caducidad de pleno derecho de todas las autorizaciones no informadas.

La Resolución dispuso que el plazo para informar con respecto a los seguros de personas es entre el 16 de mayo y el 15 de junio de 2011 y en cuanto a los seguros patrimoniales entre el 16 de junio y el 19 de julio de 2011. Estos plazos son improrrogables.

Con respecto a la información requerida por la SSN, las aseguradoras deben informar la aprobación particular de cada ramo, así como de los distintos planes de seguros correspondientes a cada uno de ellos, con indicación, para cada caso del tipo, número y fecha del acto administrativo por el cual se dispusiera la aprobación. En caso de que la aprobación hubiera sido otorgada por una norma no emitida por la SSN se deberá informar también su tipo, número, fecha y, asimismo, se deberá presentar el documento respectivo que contenga autorización. En el caso de que una autorización sea bajo la modalidad automática y se refiera a seguros de personas, la aseguradora deberá informar tanto la aprobación de las condiciones técnico-contractuales, como así también la autorización de las tarifas.

La Resolución dispuso que la información se suministrará online mediante un aplicativo que estará disponible en la página web de la SSN a partir del 16/05/2011. Las aseguradoras deberán dar de alta a usuarios que serán quiénes están autorizados a proveer la información requerida.