CABA amplía su competencia penal
Avanza el traspaso de competencias penales de la justicia nacional hacia la órbita de la Ciudad de Buenos Aires.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) dio un nuevo paso en el proceso de consolidación de su autonomía institucional tras la firma de dos convenios entre el Ministerio de Justicia de la Nación y el Ministerio de Justicia porteño. En ellos se formaliza la transferencia de nuevas competencias penales desde la justicia nacional hacia la órbita local.
La transferencia será acompañada por las partidas presupuestarias necesarias para su implementación y entrará en vigencia 120 días después de que sea ratificada por el Congreso de la Nación y la Legislatura porteña.
Los delitos transferidos
Con la firma del primero de los acuerdos, denominado “Cuarto Convenio de Transferencia Progresiva de Competencias Penales de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, la Ciudad asumirá competencia para investigar y juzgar los siguientes delitos, actualmente bajo la órbita de la justicia nacional:
Delitos contra el honor:
- Calumnias e injurias
Delitos contra la integridad sexual:
- Abuso sexual (artículos 119 y 120 del Código Penal).
- Abuso sexual seguido de muerte (artículo 124).
- Corrupción de menores (artículo 125).
- Promoción o facilitación de la prostitución agravada (artículo 126).
- Explotación de la prostitución (artículo 127).
- Rapto (artículo 130).
Delitos contra la libertad:
- Reducción a la servidumbre (artículo 140).
- Privación ilegítima de la libertad (artículos 141 y 142).
- Sustracción de menores, instigación a fugarse del hogar y otras modalidades (artículos 146 a 149).
- Amenazas coactivas y sus modalidades agravadas (artículo 149 bis, segundo párrafo, y artículo 149 ter, inciso 1).
Delitos contra la seguridad del tránsito y de los medios de transporte y comunicación:
- Estorbar o entorpecer el normal funcionamiento de los transportes (artículo 194).
Delitos previstos en leyes penales especiales:
- Régimen Legal de la Propiedad Intelectual (Ley 11723).
- Ejercicio Ilegal de la Medicina Veterinaria (Ley 14072).
- Protección y Conservación de la Fauna Silvestre (Ley 22421).
El segundo convenio dispone la transferencia de la totalidad de las causas correspondientes al fuero Criminal y Correccional de Menores. De esta manera, la justicia porteña pasará a intervenir en todos los delitos no federales cometidos por menores de edad, incluyendo tanto a adolescentes de entre 14 y 18 años como a menores de 14 años respecto de los cuales se prevé una intervención tutelar.
De aprobarse, se trataría de la primera transferencia integral de la competencia penal juvenil a la Ciudad y en un nuevo paso en el proceso de traspaso progresivo de funciones judiciales desde la órbita nacional hacia la local.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.