ARTÍCULO

Big Bang Regulatorio de la CNV

La Comisión Nacional de Valores somete a consulta pública un proyecto de reformas significativas para dinamizar el mercado de capitales argentino

26 de Mayo de 2026
Big Bang Regulatorio de la CNV

La Comisión Nacional de Valores ("CNV") emitió las Resoluciones Generales N° 1132 a 1135, mediante los cuales se propone un paquete de modificaciones regulatorias orientadas a promover el desarrollo del mercado de capitales, ampliar las fuentes de financiamiento para el sector productivo y automatizar los procesos de autorización para distintos tipos de valores negociables.

Este conjunto de medidas, de aprobarse, generará un impacto significativo en el acceso al mercado de capitales argentino. La iniciativa apunta a simplificar trámites, agilizar procesos y desburocratizar el ingreso al mercado de capitales, eliminando barreras que hoy dificultan la inversión y el financiamiento. Se propone una regulación moderna y vanguardista, diseñada para acompañar el dinamismo y la flexibilidad que el mercado de capitales requiere.

De aprobarse estas medidas, la CNV no revisará ni aprobará previamente la documentación necesaria para obtener la autorización de oferta pública de ciertos trámites, según se detalla a continuación. No obstante, conservará plenamente sus facultades de fiscalización, garantizando al mismo tiempo elevados estándares de información y transparencia, equivalentes a los exigidos bajo los regímenes generales.


A continuación, presentamos una síntesis de las principales modificaciones propuestas:


RG N° 1132 – Modificaciones en relación con la emisión de acciones y/o obligaciones negociables

Se propone la creación de un nuevo Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática por su Mediano Impacto Ampliado, aplicable a emisiones de obligaciones negociables o acciones por hasta UVA 100.000.000, lo que incrementaría significativamente el límite vigente para emisiones de mediano impacto (UVA 15.000.000). Asimismo, se prevé la posibilidad de superar dicho monto —sin límite— en caso de que el total de la emisión se destine exclusivamente a Inversores Calificados.

Se considerará que una oferta pública de valores negociables se encuentra comprendida en el Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática por su Mediano Impacto Ampliado, cuando se cumplan la totalidad de las condiciones previstas para la Oferta Pública con Autorización Automática por su Mediano Impacto, según se trate de acciones u obligaciones negociables, con las particularidades previstas para el .presente nuevo Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática por su Mediano Impacto Ampliado. En particular, de aprobarse el proyecto, las emisoras que utilicen este régimen deberán cumplir con la totalidad del régimen informativo aplicable a las emisoras del Régimen General, sin las simplificaciones informativas previstas para los regímenes de menor escala.

Adicionalmente, se proyecta un mecanismo de transición de 180 días corridos para la adecuación a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), permitiendo durante dicho plazo la utilización de mecanismos de conciliación en la información financiera, con lo cual se reducen significativamente los tiempos de adecuación previos que demanda la salida al mercado.

Se propone incorporar la posibilidad de emisión bajo el régimen de mediano impacto vigente para PyME CNV Garantizadas y para emisoras de obligaciones negociables totalmente garantizadas por Entidades de Garantía, admitiendo que estas dirijan sus ofertas tanto a inversores calificados como minoristas.

Finalmente, se propone reducir el umbral para la calificación de inversor calificado —respecto de personas humanas residentes y personas jurídicas constituidas en Argentina— de UVA 350.000 a UVA 200.000 (una disminución del 43%), incorporando expresamente la mención a Activos Virtuales. De aprobarse, esta modificación ampliaría el universo de inversores habilitados para participar en emisiones destinadas exclusivamente a calificados.
 

Fideicomisos Financieros (RG N° 1133)

Se propone incorporar un nuevo régimen de Oferta Pública con Autorización Automática de Valores Negociables Fiduciarios por su Mediano Impacto Ampliado, sujeto a exigencias similares a las establecidas para las emisoras.

Se prevé la posibilidad de emitir bajo los regímenes de Oferta Pública con Autorización Automática por su Bajo Impacto, Mediano Impacto y Mediano Impacto Ampliado a los Fideicomisos Financieros para el Desarrollo Inmobiliario.

Se proyectan mejoras en el Régimen de Fideicomisos Financieros con Autorización Automática de Emisiones Frecuentes, disminuyendo los requisitos de acceso: se reduciría de 7 a 5 las series emitidas necesarias, de las cuales al menos 2 deben haberse emitido en los últimos 12 meses desde la presentación de la documentación exigida.

Asimismo, se propone ampliar el monto límite del Régimen de Oferta Pública de Autorización Automática por su Mediano Impacto de 7 a 15 millones de UVAs, en sintonía con el incremento previsto para las emisoras mediante la RG N° 1125.


Fondos Comunes de Inversión (RGs N° 1134 y 1135)

En línea con el camino iniciado por las Resoluciones N° 1055 y N° 1082, la CNV propone avanzar hacia la simplificación y agilización de los trámites relativos tanto a Fondos Comunes de Inversión (FCI) Abiertos como Cerrados.

Se proyecta la autorización automática de los trámites de constitución y adenda de todos los FCI Abiertos.

En relación con los FCI Cerrados —incluidos los Inmobiliarios—, se propone la creación de un régimen de autorización automática por hasta UVA 100.000.000, con la posibilidad de superar dicho monto —sin límite— en caso de que el total de la emisión se destine exclusivamente a Inversores Calificados.

Cabe destacar que, al tratarse de un proyecto sujeto a consulta pública, las modificaciones descriptas podrían sufrir cambios antes de su aprobación definitiva. El Organismo conservará amplias facultades respecto del cumplimiento de los requisitos dispuestos en cada caso.