Aromas diferentes
Para ello, y así revocar el fallo de primera instancia que las había declarado confundibles, la Cámara se basó en los siguientes argumentos: (i) la voz “caseros” y el dibujo que acompaña a la marca de la actora (un cuenco sobre un plato con una sustancia liquida humeante, que parece ser un consomé hecho a base de tomate y hierbas) le confieren al conjunto suficiente distintividad respecto de las marcas oponentes; (ii) la actora tiene registrada en la clase 41, desde el año 2003, la misma marca mixta “Aromas Caseros” y dirige una escuela de cocina amateur llamada “Aromas Caseros Escuela de Cocina”; y (iii) no es razonable presumir que el público vaya a confundir los productos que pretende explotar la actora bajo la marca “Aromas Caseros” (aves, caza, jaleas, mermeladas, huevos y productos lácteos), con los expende la demandada en su cadena de locales de café conocida como “Aroma”, donde pueden consumirse distintos tipos de cafés y tés, sándwiches y patisserie.
Por lo tanto, la Cámara concluyó que, pese a que ambas marcas se encuentran en la misma clase, y comparten la voz “Aroma”, ellas son lo suficientemente diferentes como para evitar asociación en cuanto al origen de los productos y descartar un propósito de competencia desleal. En este caso pareció pesar el hecho que las marcas oponentes habían sido cedidas a la firma Aroma Café S.A., que explota cafés bajo los nombres “Aroma” o “Aroma Café”: el Tribunal sostuvo que “en la solución de controversias como esta debe atenderse a los verdaderos intereses comerciales y productivos en juego”.
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| Gustavo P. Giay | |
![]() | María Laura Etcheverry |
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