Argentina aprueba y se convierte en parte del Convenio 108+
La Cámara de Diputados aprobó la firma de Argentina al Protocolo Modificatorio del Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal.
El pasado 9 de noviembre, la Cámara de Diputados aprobó la firma de Argentina al Protocolo Modificatorio del Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (Convenio 108+). El Convenio 108+ había sido firmado por la Argentina en septiembre de 2019 y aprobado por la Cámara de Senadores en 2022. De esta forma, la Argentina se convirtió en el país número 33 en aprobar su incorporación al Convenio 108+, siendo el tercer país latinoamericano junto con México y Uruguay.
Entre los principios que introduce el Convenio 108+ se destacan los siguientes:
- Incorpora la definición de “encargado de tratamiento”.
- Incluye expresamente a los datos genéticos y a los datos biométricos dentro de las categorías especiales de datos.
- Establece la obligación de los responsables del tratamiento de notificar, sin demora, al menos a la autoridad de control sobre los incidentes de seguridad que puedan afectar gravemente los derechos y libertades fundamentales de los titulares de los datos.
- Amplia la información que los responsables del tratamiento deben brindar a los titulares, incluyendo, entre otros, los fundamentos legales del tratamiento y las categorías de datos personales tratados.
- Reconoce nuevos derechos a los titulares de los datos, tales como el derecho a no estar sujeto a decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de datos cuando estas lo puedan afectar significativamente y cuando sus opiniones no hayan sido consideradas, y el derecho a conocer el razonamiento subyacente al tratamiento de datos cuando sus resultados se le apliquen.
- Extiende el alcance del derecho de oposición a todo el tratamiento de datos personales.
- Incorpora el principio de responsabilidad proactiva.
- Establece la obligación de los responsables del tratamiento y de los encargados, cuando corresponda, de evaluar los posibles impactos a los derechos y libertades fundamentales del titular que el tratamiento de datos puede conllevar previo a comenzar dicho tratamiento.
- Introduce la obligación de adoptar mecanismos para garantizar la privacidad desde el diseño.
- Introduce regulaciones adicionales en lo que hace al consentimiento como base legal para la transferencia internacional de datos personales.
Adicionalmente, los estados miembro se comprometen a cooperar y brindarse asistencia mutua en la implementación del Convenio, como así también a asistir a todos los titulares de datos, independientemente de su nacionalidad, a ejercer sus derechos.
Por último, el Convenio 108+ establece la creación de un Comité del Convenio entre cuyas funcionas se encuentran las de desarrollar o aprobar los modelos de garantías estandarizadas para la transferencia internacional de datos.
El Convenio 108+ fue aprobado recientemente por la Ley 27.699. Aún está pendiente el depósito de ratificación por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.