ARTÍCULO

Antidumping: motores eléctricos originarios de China

Se abre un examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias para motores eléctricos de China.

22 de Octubre de 2025
Antidumping: motores eléctricos originarios de China

El Ministerio de Economía, mediante la Resolución 1622/2025, declaró procedente la apertura de examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias de las medidas antidumping impuestas a las importaciones hacia la Argentina de “motores de corriente alterna, monofásicos, asincrónicos, para una tensión superior o igual a 110 V pero inferior o igual a 240 V y de potencia superior o igual a 37,5 W (1/20HP) pero inferior o igual a 750 W (1HP), de los tipos utilizados en lavarropas; y motores eléctricos universales, para una tensión superior o igual a 110 V pero inferior o igual a 240 V y de potencia superior o igual a 37,5 W (1/20HP) pero inferior o igual a 750 W (1HP), de los tipos utilizados en lavarropas”, originarios de la República Popular China.

Estos productos se clasifican en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) 8501.10.29, 8501.10.30, 8501.20.00 y 8501.40.19.

Las medidas habían sido establecidas por la Resolución 561/2020 del ex-Ministerio de Desarrollo Productivo, que impuso derechos antidumping del 46 % y 30 % sobre las operaciones de exportación de los productos alcanzados, por un período de cinco años.

La revisión fue solicitada por Weg Equipamientos Eléctricos SA, ante la proximidad del vencimiento de la medida. La Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) determinó que existen indicios de recurrencia de dumping y daño a la industria nacional, en función de la evolución negativa de la producción y ventas internas, la caída en la utilización de la capacidad instalada y la detección de márgenes de dumping en exportaciones a terceros mercados.

 En consecuencia, el Ministerio de Economía dispuso la apertura del examen, sin mantener vigentes los derechos antidumping mientras dure el procedimiento.

 El examen abarcará el período de agosto 2024 a julio 2025 para el análisis de dumping, y enero 2022 a julio 2025 para la determinación del daño.