ARTÍCULO

Actualizan normas para Agentes de Calificación de Riesgo

La CNV flexibiliza las restricciones por conflictos de interés y ajusta el capital mínimo exigido a las Calificadoras de Riesgo.

28 de Abril de 2025
Actualizan normas para Agentes de Calificación de Riesgo

Mediante la Resolución General 1061 del 10 de abril de 2025, la Comisión Nacional de Valores (CNV) adecuó las disposiciones normativas de Independencia y Prevención de Conflictos de Interés aplicables a los Agentes de Calificación de Riesgo. Además, se actualiza el monto requerido en concepto de patrimonio neto mínimo aplicable a estas entidades.

 

Entre sus principales modificaciones, la Resolución establece que la tenencia de cuotapartes de fondos comunes de inversión (FCI) por parte de los miembros del consejo de calificación, analistas, integrantes del órgano de administración y gerentes no estará alcanzada por la prohibición de operar sobre valores negociables calificados por el agente, ni constituirá causal de abstención en los procesos de calificación. Dichas inversiones no constituirán causales de abstención para participar en los consejos de calificación; siempre que la calificación no verse sobre la calidad de administración de la Sociedad Gerente.

 

Asimismo, la Resolución dispone que el patrimonio neto mínimo requerido para los Agentes de Calificación de Riesgo deberá expresarse en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), fijándose en un monto equivalente a 100.000 UVA, actualizable mediante el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).

 

Finalmente, la Resolución establece un plazo de adecuación que vence con la presentación de los estados contables cerrados al 30 de septiembre de 2025.