Validez de los mandatos institorios

ARTÍCULO
Validez de los mandatos institorios

Mandatos institorios otorgados a personas jurídicas, en trámite de inscripción ante la SSN: el plazo de validez se extendió hasta el 30 de septiembre de 2017 y el plazo para subsanar las observaciones de la SSN caduca el 31 de agosto de 2017.

15 de Agosto de 2017
Validez de los mandatos institorios

Las nuevas fechas relativas a los mandatos institorios, en el marco del artículo 32 de la Resolución SSN N° 38052 de 2013, fueron comunicadas a las entidades y personas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Seguros de la Nación (“SSN”), mediante la Circular del Poder Ejecutivo Nacional N° IF-2017-13074164-APN-SSN#MF de fecha 1 de julio de 2017.

Conforme dicha Circular, la validez de los mandatos institorios otorgados a personas jurídicas, que estuvieran en trámite de inscripción a la fecha de emisión de la Circular, fue prorrogada hasta el 30 de septiembre de 2017.

Respecto de las observaciones cursadas por la SSN en dichos trámites, el plazo para que sean subsanadas por los interesados fue prorrogado, caducando el 31 de agosto de 2017.

En los casos en que el proceso de inscripción de los mandatos institorios no haya culminado al 30 de septiembre de 2017, estos perderán su validez y las aseguradoras deberán revocarlos.

En tales casos, a partir del 1 de octubre de 2017 las aseguradoras deberán abstenerse de utilizar como canal de comercialización a las personas jurídicas que no estén inscriptas en el Registro de Agentes Institorios, creado por la Resolución SSN N° 38052. En caso de incumplimiento, podrán ser pasibles de la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 58 de la Ley de Entidades de Seguros y su Control N° 20091.