Régimen de etiquetado de productos vitivinícolas importados

ARTÍCULO
Régimen de etiquetado de productos vitivinícolas importados

El Instituto Nacional de Vitivinicultura dictó la Resolución N° 176-E/2017, mediante la cual modificó el régimen de etiquetado de productos vitivinícolas importados y de identificación del país de procedencia.

29 de Septiembre de 2017
Régimen de etiquetado de productos vitivinícolas importados

El 31 de agosto de 2017, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 176-E/2017, dictada por el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV), mediante la cual se modifica el régimen de etiquetado de productos vitivinícolas importados y de identificación del país de procedencia.

El objetivo de la Resolución es proporcionar información clara, precisa, verdadera y comprobable en el etiquetado para evitar el error, engaño o confusión en cuanto al origen de los productos que circulan en el territorio nacional.

La Resolución establece que, en el marbete de los productos importados a granel que se fraccionen en territorio nacional, deberá consignarse el nombre del país del cual es originario el producto del siguiente modo:

  • Con un tamaño de letra que no podrá ser menor a 3 milímetros (3 mm).
  • En forma destacada, horizontal, paralela a la base del envase y separada de otros textos del etiquetado.
  • Deberá incluirse en todos los elementos fijos adheridos que conformen el etiquetado de las botellas y damajuanas.
  • Deberá incluirse en las dos (2) caras más visibles y de mayor tamaño del envase en los casos de envases de cartón, multilaminado y bag in box.

Además, la Resolución establece que las mismas disposiciones sobre mención del país de origen del producto se deberán aplicar a  los productos importados que ingresen fraccionados, con las mismas marcas utilizadas en el mercado interno argentino.

La Resolución entró en vigencia el 18 de septiembre de 2017, fecha en la cual caducó el plazo para la presentación de observaciones por parte de la Organización Mundial del Comercio (OMC).